Imágenes documentadas

María Jesús Ruiz

                              

    

Documento1: Archivo Judicial de Ensenada (1870-1940), caja 11 exp. de fecha 28 de febrero de 1880, en el iih-uabc.
Asunto: Robo de ganado cometido por indígenas.

Co. Juez de 1ª. Instancia
Francisco Rouquette mejicano por naturalizacion y vecino de este lugar, en representación de C. B. P. Jones cuya carta poder acompaño.
        Ante U. con el respeto debido me presento y expongo: que en el curso de la semana pasada unos tres indijenas cuyos nombres ignoro y que el Capitan de los indijenas de la Huerta dirá, me perjudicaron mis intereses robandome ganado; y esto no es de ahora solo, sino que ya son varias veces: Por tanto, a Ud. Co.Juez suplico se sirva mandar arrestar a los mencionados indijenas por medio del dicho Capitan y seguirles el juicio criminal, castigandolos con todo lo estricto de la ley.
        Ofrezco los testigos necesarios para ratificar mi dicho.
        Protesto no proceder de malicia.
        Real del Castillo, febrero 28 de 1880.
        Firma F. Rouquette M. D.


Interrogatorio a indígena sospechoso del robo:

Real del Castillo, marzo 5 / 1880. Con esta fecha se mando comparecer a uno de los acusados para tomarle su declaracion preparatoria y estando presente se le exhortó a conducirse con verdad en lo que toca a los hechos propios, protestando en forma en cuanto a los agenos; e interrogado por sus generales dijo llamarse Hormiga, que no sabe su edad, casado, labrador y residente en la Rancheria Santa Clara.

      Preguntado: Si sabe porque esta arrestado, contesta que no sabe.
      Preguntado: Si no fue el que en compañia de otros robó unas reses en el rancho Santa Catarina dino que no, que asi dicen pero que el no fue.
     Preguntado: Quien es el que dice: contestó que los hombres que han llegado aqui, uno de los cuales es el indigena Loreto y otro que lo conoce de vista pero no de nombre.
      Preguntado: Si sabe quien robo las reses en el rancho de Santa Catarina, dijo que no sabe nada.
       Preguntado: Si conoce al indigena El Apache, dijo que si lo conoce.
     Preguntado: Si no fueron el que declara y el apache los que robaron las expresadas reses del rancho de Santa Catarina; Contestó que no. Con lo que se mando suspender esta declaración sin perjuicio de ampliarla en caso necesario, y no la firmo por no saber, haciendolo el presente juez con los de su asistencia con quienes actua por falta de Escribano Público, Doy fé. Enrique Leon.

      Interrogatorio a Don Manuel Nuñez, una de las pruebas presentadas por la parte acusadora, protestado en forma y por sus generales dijo: llamarse como queda dicho, ciudadano mexicano, edad de treinta años, soltero, ejercicio baquero y residente de Santa Catarina.
        Preguntado: Si conoce a los indigenas Hormiga y Apache, contesto que no los conoce.
        Preguntado: Si sabe que los mencionados indigenas hayan robado hace pocos días unas reses en el rancho de Santa Catarina, contestó que no sabe positivamente y que lo que puede decir es que, dichos indigenas yendo el que declara en seguimiento de ellos, encontró a tres indios en unos jacalitos, les preguntó quienes eran los que habian pasado, haciendoles cargo al mismo tiempo de unas reses que habian matado en el rancho de Santa Catarina, y contestaron que ellos no podian haber sido porque no tenian su caballo pero que mas abajo vivia un tal Hormiga y que él sí tenía. Habiendo llegado el declarante a la casa de Hormiga, preguntaron él y el indio Loreto que lo acompañaba, que adonde estaba el Hormiga y le contestaron que habia salido en busca de los caballos. Entonces el que declara estuvo observando y vio a cosa de treinta metros a una mujer, haciendoles seña para que se escondieran, en este momento arrancó hacia ellos el que habla y alcanzó al Apache sin darle lugar a que pudiera esconderse, en cuanto a los caballos vio que uno era canelo entero y los otros dos eran de color saino, no pudo observar bien si eran caballos o yeguas, porque para poderse esconder los habian ya soltado […]. Entonces mandé llamar al Capitan Jesus de la rancheria quien se hizo responsable para venir a entregarlos a la autoridad en este lugar. Que el indigena Ignacio viniendo del rancho de la Grulla, vio en la mañana muy temprano, al Hormiga y otros dos mas que el no pudo conocer llevando del Rancho de Santa Catarina rumbo de Santa Clara, a cuyas inmediaciones esta la ranchería, tres caballos cargados con carne fresca por cuya razon es de presumirse que sean las reses que mataron del rancho y cuyas cabezas se encontraron en el mismo lugar donde fueron muertas y ámas vio la cobija del Apache my manchada de sangre asi como una sábana de su hermano del Hormiga.
        Preguntado: Si no tiene mas que decir o quitar a lo que deja manifestado, dijo que no tiene mas que decir, que lo dicho es la verdad por lo que se afirma en obvio de la protesta que tiene otorgada, no firmando por no saberlo hacer, haciendolo el presente juez con los de su asistencia por falta de Escribano Público, Doy fé,
        Enrique Leon.

         El abigeato o robo de ganado fue un delito frecuente en Baja California, sobre todo en los ranchos y poblados cercanos a la frontera con Estados Unidos, durante el periodo 1860 y 1880. Las acciones delictivas en este ramo se llevaban a cabo por diversos motivos. Algunas veces era cometido por gavillas de ladrones para venderlo o intercambiarlo por armas o provisiones; en otras, el ganado era sustraído de un rancho para llevarlo a otro donde sería remarcado con el fierro de su nuevo propietario; y en otras, la mayoría, el robo era perpretado por indígenas ue habitaban en las inmediaciones de los ranchos y no era precisamente para venderlas, sino para destazarlas y compartir los trozos de carne entre otros miembros de la comunidad.

        Tal es el caso que aquí documentamos, del robo cometido en el rancho de santa Catarina por los indígenas de la ranchería de La Huerta: Hormiga y Apache.

        En estas situaciones no tardaban mucho tiempo para ubicar a los culpables, pues bastaba con recabar información en los ranchos vecinos para seguirles el rastro. Cuando se detenía al (los) sospechoso (s), el interrogatorio se practicaba a rancheros e indígenas con el fin de tener la versión tanto del acusado como del acusador. El culpable no podía reparar el daño de manera económica porque normalmente no disponían de dinero, por lo que se les imponía como castigo o bien el pago con trabajo para el ranchero agraviado o el depósito de una fianza que tenía que otorgar un tutor, lo que era más difícil. Cuando se trataba de otros delitos distintos al robo de ganado o la cantidad de reses robada era considerable, el acusado era consignado a tres o seis meses de trabajos en la vía pública.

 

 

Documento 2: Archivo Judicial de Ensenada (1870-1940), caja núm. 11 exp. de fecha 13 de enero de 1880, en iih-uabc.
Asunto: Averiguación seguida en contra de los indígenas José Mudo, Antonio Cotoy, Nicolás Duarte (a) Chano y José Antonio hijo de Catarina, por indicios de abigeato.

Juzgado local sección de la costa. Que habiendo sospechas que en San Antonio de las Minas, que en la casa de José Mudo se ha matado una res la cual se cree la han tomado de algún rancho indevidamente por lo tanto el C. Felipe Croshuat (hijo) va a dicha casa con la orden de este juzgado para exigir el cuero y averiguar si la han comprado legalmente.
Libertad y Constitución
Rancho de Mactajanail. Enero 13 de 1880. Firma Santa Ma. Alvarez

Otro si, en el caso que sea confirmada la sospecha el C. Croshuat lleva el derecho de aprehender al malechor haciendo uso de sus armas en un caso necesario. Esta vale. Firma Santa Ma. Alvarez.

        El mismo día, Felipe Crosthwaite, aprehendió a Nicolás Duarte, en San Marcos en la propia casa de Jose Mudo y lo presentaron ante el juez local, junto con dos patas, las costillas y la cola que se supone pertenecían a la res robada. Se observa en otros casos de este tipo, que la autoridad local le concede derecho al agraviado, para que él mismo investigue y aprehenda al malechor incluso, hacer uso de las armas en caso necesario.
        Un día después aprehendieron a José Mudo y José Cotoy. Entre los testigos del ranchero Crosthwaite, se citó a John Warde, estadunidense contratado por George Flower, para que cuidara del rancho de San Marcos. A este respecto, cabe mencionar que no eran pocos los extranjeros que tenían propiedades en Baja California, y la mayoría de las veces no radicaban en ellas sino que encargaban sus intereses a connacionales.
        Con el aumento de la población y el surgimiento de los ranchos, los indígenas incorporaron nuevos oficios a sus actividades, como el de vaquero o cuidador de ganado, actividad que practicaban algunos de los acusados. A través de los interrogatorios hechos a los indígnas, se percibe cierta naturalidad en sus respuestas, de manera que aunque en sus declaraciones admiten haber visto y participado de la carne de res, no creen haber cometido delito. Algunas veces, esta actitud parece tener la intención de protegerse entre ellos mismos por ser vecinos de otras rancherías. Los tres indígenas sospechosos coincidieron en señalar como autor del robo al indígena José Antonio, quien trabajaba en el rancho de Matajanal. Cuando lo arrestaron también dio su versión de los hechos. Declaró que Sylvestre el hijo de José Mudo lo invitó a traer un becerro de un lugar llamado Toros Pintos, que al encontrar la punta de ganado y aventar el lazo, sin querer lazó una vaca en lugar de un becerro. El animal que lazó estaba marcado con el fierro del señor Flower, es decir, no pertenecía al ganado de Crosthwaite. Entre José Antonio y Sylvestre llevaron la res a San Marcos, la mataron entre los dos, parte de la carne se la llevó Antonio para convidarle a su familia, sin decirles que era robada, y la otra parte Sylvestre, que es la que encontraron en la casa de José Mudo. Las cosas no terminaron ahí pues al preguntarle a José Antonio si sabía de otros robos de reses dijo que Chano Duarte, José Mudo y Antonio Cotoy tenían un campo, así refieren al lugar donde mataban y destazaban las reses, en una cañada, entre las lomas del Tigre. Que ellos mismos lo habían invitado a ese lugar y le dieron carne para que llevara a su familia. Que en otra ocasión Chano lo buscó para intercambiar miel por carne. Los campos o rastros, se improvisaban en tanto notaban la desaparición del animal y se hacían las investigaciones. En este caso, por la declaración de José Antonio, se nombró una Comisión para que revisara el lugar, encontrando seis patas de res, huesos desparramados, tres panzas, un depósito de huesos y dos cabezas. Finalmente, después de la declaración del que señalaban como autor del robo, todos resultaron culpables, incluyendo a Sylvestre el hijo de José Mudo, que aprehendieron poco después.